EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
En el año 1844, la función educativa estuvo a cargo del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública, suprimido mediante la Ley No. 79, del 28 de enero de 1931. Luego con la Ley No. 89 del 21 de febrero del mismo año, se asignaron las atribuciones relacionadas con la Instrucción Pública y las Bellas Artes a la Superintendencia General de Enseñanza. El 30 de noviembre de 1934 con la Ley 786, fue creada la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes. De esta manera el término "Instrucción" dio paso a un término más abarcador, como es el de "Educación".
MISIÓN
Garantizar en el territorio dominicano, un sistema educativo preuniversitario de calidad, mediante su rectoría, regulación, la prestación de servicio de educación y la investigación.
VISIÓN
Ser la entidad del Estado Dominicano que asegura un servicio de educación integral, oportuno, pertinente, inclusivo e igualitario, facilitador de la inserción a la vida en sociedad y al trabajo productivo de sus estudiantes con propensión a una vida mejor, con el mayor grado de participación, valoración y aceptación del pueblo dominicano.
VALORES
- Amor: Ofrecemos nuestros servicios con entrega y devoción, sin esperar recompensa, más que la satisfacción del deber, excepcionalmente cumplido.
- Transparencia: Manejamos con pulcritud y honestidad los recursos que disponemos, abiertos siempre al escrutinio público y a la rendición de cuenta.
- Integridad: Actuamos, en todo nuestro accionar, apegados a los principios éticos y morales.
- Compromiso: Asumimos con dedicación y puntualidad las responsabilidades contraídas, sobrepasando siempre las expectativas.
- Equidad: Damos a todas las mismas oportunidades, sin dejar a nadie atrás, sin ninguna discriminación por su condición de raza, social, económica, género y credo.
FUNCIONES
Según la Ley General Educación 66-97.
Art. 74.- Los sectores funcionales están constituidos de la manera siguiente:
- El Órgano de Decisión Superior, lo constituye el Consejo Nacional de Educación
- El Órgano de Conducción Superior, lo constituye el Secretario(a) de Estado de Educación y Cultura y, por delegación, los Sub-Secretarios;
- El Órgano de Planificación, está constituido por los servicios de Planificación y Desarrollo Educativo;
- El Órgano de Asesoramiento Técnico, está conformado por una de las Subsecretarías y los servicios técnicos pedagógicos;
- Los Órganos de Ejecución, están conformados esencialmente por los Organismos Regionales, los Organismos Distritales y los Centros Educativos;
- El Órgano de Supervisión y Control, está conformado por los servicios de Supervisión y Evaluación;
- El Órgano de Apoyo Administrativo, está conformado por una de las Subsecretarías;
- Los Órganos de Descentralización, están conformados por los Institutos Descentralizados, por las Juntas Regionales, por las Juntas Distritales y las Juntas de Centros Educativos;
- Los Órganos de Coordinación con la Comunidad, están conformados por las asociaciones de padres, madres, tutores y amigos de la escuela, por las fundaciones y patronatos vigentes y por otras instituciones representativas de la comunidad.
Art. 75.- La definición de la naturaleza de esos órganos, sus funciones, sus esferas de competencia y su estructura de desarrollo organizativo serán aprobados en los reglamentos que al respecto dictará el Consejo Nacional de Educación, salvo los que expresamente se señalen en esta Ley.
OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS
- Fomentar la educación como recurso esencial para el desarrollo individual y primordial para el desarrollo social.
- Formar personas capaces de contribuir eficientemente al progreso del país, mediante la creación de una conciencia de nación y la estimulación de la capacidad productiva nacional.
- Dotar de una educación apropiada, gratuita y equitativa a todos los dominicanos, sin exclusiones.
- Proteger y orientar la utilización racional de los recursos naturales, la defensa de la calidad del medio ambiente y el equilibrio ecológico.
- Fomentar la interacción entre la vida educativa y la vida de la comunidad, a fin de propiciar la apropiación de los conocimientos y técnicas, de acuerdo con el desarrollo biopsicosocial de los ciudadanos.
- Proveer los recursos necesarios para el desarrollo exitoso de los planes educativos.