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¿Quiénes Somos?

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

En el año 1844, la función educativa estuvo a cargo del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública, suprimido mediante la Ley No. 79, del 28 de enero de 1931. Luego con la Ley No. 89 del 21 de febrero del mismo año, se asignaron las atribuciones relacionadas con la Instrucción Pública y las Bellas Artes a la Superintendencia General de Enseñanza. El 30 de noviembre de 1934 con la Ley 786, fue creada la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes. De esta manera el término "Instrucción" dio paso a un término más abarcador, como es el de "Educación".

MISIÓN

Garantizar a los dominicanos y dominicanas una educación de calidad mediante la regulación del servicio educativo nacional, su protección y desarrollo integral a lo largo de la vida para la formación de hombres y mujeres libres, éticos, críticos y creativos capaces de contribuir al desarrollo colectivo y al suyo propio.

VISIÓN

Lograr una educación de calidad que forme seres humanos éticos, competentes, respetuosos del patrimonio público, que ejercen sus derechos y cumplen sus deberes, que genere oportunidades legítimas de progreso y prosperidad para cada uno y para el colectivo.

VALORES

  • Identidad: Estamos convencidos y nos reconocemos ciudadanos al servicio de la educación, lo que nos orienta y concede la libertad y el compromiso de elegir qué queremos ser como nación y la manera de lograrlo, de conformidad con nuestras características socioculturales e individuales.
  • Justicia y equidad: Procedemos en igualdad de condiciones y oportunidades, en un ambiente institucional que garantiza, a todos y todas, los medios para incrementar el talento y la capacidad inventiva necesarios para ser autosuficientes y responsables de sí mismos, sin discriminación de raza, credo, estado físico, intelectual o social.
  • Calidad y búsqueda de excelencia: Mantenemos altos niveles de eficiencia y eficacia, formalizando servicios educativos de óptima efectividad, para sustentar nuestra misión y visión
  • Desarrollo integral: Estamos comprometidos con el desarrollo de las capacidades de las personas para hacer y ser, mediante el mejoramiento continuo y sostenido de sus condiciones sociales, tanto individuales como colectivas.
  • Compromiso y responsabilidad: Nos involucramos de manera consciente y bien intencionada con las metas y el logro efectivo de objetivos institucionales; reflexionamos y valoramos las consecuencias de nuestros actos, la obligación de resarcirlos y de cómo afrontarlos de forma positiva e integral.

FUNCIONES

Según la Ley General Educación 66-97.

Art. 74.- Los sectores funcionales están constituidos de la manera siguiente:

    • El Órgano de Decisión Superior, lo constituye el Consejo Nacional de Educación
    • El Órgano de Conducción Superior, lo constituye el Secretario(a) de Estado de Educación y Cultura y, por delegación, los Sub-Secretarios;
    • El Órgano de Planificación, está constituido por los servicios de Planificación y Desarrollo Educativo;
    • El Órgano de Asesoramiento Técnico, está conformado por una de las Subsecretarías y los servicios técnicos pedagógicos;
    • Los Órganos de Ejecución, están conformados esencialmente por los Organismos Regionales, los Organismos Distritales y los Centros Educativos;
    • El Órgano de Supervisión y Control, está conformado por los servicios de Supervisión y Evaluación;
    • El Órgano de Apoyo Administrativo, está conformado por una de las Subsecretarías;
    • Los Órganos de Descentralización, están conformados por los Institutos Descentralizados, por las Juntas Regionales, por las Juntas Distritales y las Juntas de Centros Educativos;
    • Los Órganos de Coordinación con la Comunidad, están conformados por las asociaciones de padres, madres, tutores y amigos de la escuela, por las fundaciones y patronatos vigentes y por otras instituciones representativas de la comunidad.

Art. 75.- La definición de la naturaleza de esos órganos, sus funciones, sus esferas de competencia y su estructura de desarrollo organizativo serán aprobados en los reglamentos que al respecto dictará el Consejo Nacional de Educación, salvo los que expresamente se señalen en esta Ley.

OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS

  • Fomentar la educación como recurso esencial para el desarrollo individual y primordial para el desarrollo social.
  • Formar personas capaces de contribuir eficientemente al progreso del país, mediante la creación de una conciencia de nación y la estimulación de la capacidad productiva nacional.
  • Dotar de una educación apropiada, gratuita y equitativa a todos los dominicanos, sin exclusiones.
  • Proteger y orientar la utilización racional de los recursos naturales, la defensa de la calidad del medio ambiente y el equilibrio ecológico.
  • Fomentar la interacción entre la vida educativa y la vida de la comunidad, a fin de propiciar la apropiación de los conocimientos y técnicas, de acuerdo con el desarrollo biopsicosocial de los ciudadanos.
  • Proveer los recursos necesarios para el desarrollo exitoso de los planes educativos.
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